miércoles, 5 de octubre de 2011

¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A HEREDAR EN UN INTESTADO DE MANERA PREFERENCIAL?

Tienen derecho a heredar por sucesión legítima:

  • Los descendientes, cónyuge, ascendientes y parientes colaterales dentro del cuarto grado, y la concubina o el concubinario; y

  • A falta de los anteriores, la Beneficencia Pública.

  • El parentesco de afinidad no da derecho a heredar.

  • Los parientes más próximos excluyen a los más remotos, salvo que concurran hijos con descendientes de ulterior grado o cuando concurran hermanos con sobrinos hijos de hermanos o medios hermanos.

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